Tal y como recoge el Auto de fecha 31 de Julio de 2009 publicado en el BOE por el Juzgado de lo Mercantil nº 1 de los de Málaga, el plazo para que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de laAdministración Concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal. es el de un mes a contar de la últimapublicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.
JM Conejo.